Dado el papel fundamental que cumplen los cuidadores en la tarea de supervisar y ayudar a las personas de nuestro entorno, muchas familias madrileñas se preguntan hoy en día si es posible contratar a una cuidadora interna en el hogar con el cheque servicio en Madrid.
En este artículo te explicamos los conceptos básicos de qué es una cuidadora o empleada del hogar interna, qué es el cheque servicio y las soluciones a las que puedes acceder en la Comunidad de Madrid si buscas un servicio de cuidado de personas en el hogar.
Sin embargo, si estás buscando un cuidador en otra Comunidad Autónoma, es mejor que navegues por nuestra página de cuidadores internos y pidas información a tu agencia más cercana para cotejar si en tu zona es posible contratar a una cuidadora interna en el hogar con las ayudas de la Ley de Dependencia.
¿Qué es un cuidador o cuidadora interna?
Un cuidador o cuidadora interna es aquel cuidador que convive en el domicilio particular de la familia, con el objetivo de supervisar a las personas o prestar una ayuda específica.
Las tareas de un empleado del hogar o cuidador interno pueden ser variadas, porque pueden ir desde la limpieza, plancha, cocina, organización del hogar, hasta atención y cuidado a las personas que residen en el hogar.
Además, no es obligatorio a día de hoy que los empleados y empleadas internas tengan una titulación homologada.
La jornada de un cuidador interno
Lo que verdaderamente caracteriza a un empleado o cuidador interno y lo diferencia del resto es su jornada, que debe estar especificada en su contrato laboral.
El horario habitual de un cuidador interno suele ser de ocho horas diarias de trabajo habitual de lunes a viernes, a lo que debemos añadir unos conceptos laborales muy específicos:
- Horas de presencia: son horas en las cuales el cuidador interno se encuentra presente en el hogar, si bien no desarrolla un trabajo activo
- Horas de pernocta: horas en las que el cuidador duerme
Los descansos de las cuidadoras internas
Además, el cuidador interno tiene, como mínimo, los siguientes descansos:
- 2 horas diarias de libre disposición, en las cuales se puede ausentar del domicilio
- Descanso entre jornadas de 12 horas consecutivas, si bien estas horas pueden reducirse a 10 horas (luego deberán compensarse)
- 36 horas consecutivas de descanso semanal, es decir, día y medio, que suele concederse durante el fin de semana.
- 30 días de vacaciones naturales y 14 festivos al año.
El régimen de empleados de hogar en las cuidadoras internas
Como hemos descrito, un empleado del hogar o un cuidador interno se caracteriza por tener incluido en su contrato conceptos como horas de presencia y horas de pernocta.
Llegados a este punto, es esencial saber que estos conceptos laborales tan especiales, son únicos del Régimen Especial de Empleados del Hogar, es decir, que no se pueden utilizar en otros regímenes de contratación, como puede ser el Régimen General de la Seguridad Social, bajo el que están contratados la gran mayoría de trabajadores en España.
El Régimen Especial de Empleados del Hogar es un régimen laboral que nació en el año 2012 en España, y que es de uso exclusivo para las familias. Es decir, una empresa no puede contratar a un trabajador bajo el Régimen Especial de Empleados del Hogar. Solo las familias pueden hacerlo.
Los cuidadores internos solo pueden ser contratados por familias
Entendiendo que los conceptos laborales que definen que un trabajador es un trabajador interno solo son de aplicación en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, y que a su vez, este régimen especial es de uso exclusivo para las familias, llegaremos a la primera conclusión importante: Únicamente las familias pueden contratar a un cuidador interno bajo los parámetros estándar que marca la legislación española común.
Recuerda: los cuidadores internos deben ser contratados bajo el Régimen especial de empleados del hogar y este régimen es de uso exclusivo para las familias.
Comprender este apartado es esencial para entender la compatibilidad entre los cuidadores y cuidadoras internas en el hogar y el cheque servicio de la Comunidad de Madrid.
¿Qué es el cheque servicio en la Comunidad de Madrid?
El cheque servicio de la Comunidad de Madrid es una prestación económica que el Estado ofrece a las familias a través de la Ley de la Dependencia, es decir, por el hecho de que una persona de la familia oficialmente es valorada como “dependiente”.
Dentro de toda la oferta de servicios y prestaciones que se ofrecen a través de la Ley de la Dependencia, existe una prestación llamada Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS) que en la Comunidad de Madrid ha adoptado el nombre informal de Cheque servicio.
Entendemos que “cheque servicio” es una forma de facilitar a las familias la mención de esta ayuda y a la vez, una forma de promoción de esta.
En todo caso, recuerda: el cheque servicio es lo mismo que la Prestación Económica Vinculada al Servicio.
Requisitos para acceder a la Prestación Económica Vinculada el Servicio
Para acceder al cheque servicio o Prestación Económica Vinculada al Servicio, es necesario que las familias contraten un servicio a una empresa. Atendiendo al propio nombre de la ayuda, se entiende que la prestación está vinculada al disfrute de un servicio.
Y no vale cualquier empresa. Para garantizar que la prestación se canjea por un servicio que cumple los estándares de calidad que la administración dicta, las familias deben contratar un servicio con una empresa acreditada por la propia Comunidad de Madrid.
Ahora bien, será esta empresa acreditada la que preste el servicio en el domicilio particular de la familia, a través de su plantilla de trabajadores, asumiendo la empresa toda la gestión y responsabilidad laboral de estos trabajadores. Esto, es: es la empresa quien contrata al trabajador cuidador o auxiliar y con él, presta el servicio en el domicilio del cliente.
Esto nos lleva a la segunda conclusión importante: para disfrutar del cheque servicio en la Comunidad de Madrid, la familia debe contratar un servicio a una empresa autorizada y esta empresa debe ser quien contrate al trabajador cuidador.
¿Es posible contratar a una interna con el cheque servicio?
Es posible que, a través de las explicaciones anteriores y las conclusiones mostradas, tú mismo hayas llegado ya a la conclusión definitiva: no es posible contratar a una empleada interna con el cheque servicio de la Comunidad de Madrid.
La explicación completa es la siguiente. Únicamente las familias pueden contratar trabajadores internos de forma legal, puesto que solo las familias pueden hacer una contratación bajo el Régimen Especial de Empleados de Hogar. A su vez, para disfrutar del cheque servicio, las familias deben contratar a una empresa autorizada que preste un servicio en su domicilio, y lo haga con su personal contratado en plantilla. Pero las empresas, no pueden contratar trabajadores internos en su platilla.
Por tanto, las familias no pueden canjear el cheque servicio para contratar a una empleada interna bajo la legislación aplicable común.
Soluciones alternativas para contratar a una interna sin cheque servicio
Como empresa prestadora de servicios a domicilio, empresa acreditada por la Comunidad de Madrid para la prestación del cheque servicio, y empresa con la autorización de agencia de colocación autorizada, desde Bonadea Madrid planteamos siempre las siguientes alternativas a las familias que nos consultan por la posibilidad de canjear el cheque servicio para la contratación de una empleada interna.
Cuidadora interna y cheque para cubrir sus descansos
Para nosotros es sin duda la solución estrella.
Si la familia tiene claro que un trabajador interno es lo que busca dadas la amplia cobertura que ofrece en el cuidado de las personas mayores en el hogar, desde Bonadea Madrid solemos recomendar la contratación de un cuidador interno a través del Régimen Especial de Empleados del Hogar.
En este caso, desde Bonadea realizamos la preselección del candidato idóneo en base a las características específicas de la familia, que detectamos tras una valoración personal. Realizamos toda la documentación y tramitación en nombre de la familia, que es la empleadora del trabajador y estamos en contacto continuo.
Esta primera contratación se realiza de forma totalmente privada, si bien en la Comunidad de Madrid pueden existir ayudas a la contratación que pueden solicitarse en función de la situación y estructura familiar.
Y como hemos mencionado, un trabajador interno dispone, como mínimo, de 2 horas diarias de libre disposición y 36 horas semanales de descanso ininterrumpido. Esas horas pueden ser cubiertas, de forma total o parcial por un servicio prestado por una empresa acreditada por la Comunidad, para el cual, sí se puede canjear el cheque servicio.
Solución 1: contratar un empleado del hogar interno + cubrir horas de descanso con el cheque servicio,
Ajustar el servicio al cheque con a una empresa acreditada
Las empresas pueden contratar trabajadores durante 8 horas diarias, pero recordemos: un empleado del hogar o cuidador interno no solo permanece en el hogar familiar durante 8 horas, sino que generalmente presta horas de presencia, y lo que es muy importante: de pernocta. Es decir, si quieres canjear el cheque servicio, lo más cerca que puedes estar de contar con un empleado interno es contratar a una empresa que realice un servicio diario de 8 horas diarias.
En todo caso, ten en cuenta lo siguiente: es muy posible que el importe del cheque servicio no cubra todo el importe, sino más bien una parte reducida.
Solución 2: contratar un servicio con una empresa acreditada 8 horas al día.
Contratar un servicio con varios cuidadores
Si la familia desea la mayor cobertura y descargarse de cualquier responsabilidad existe la opción que algunas empresas ofrecen de contratar varios cuidadores.
Para obtener una cobertura total de lunes a viernes, la familia podría contratar un servicio con 3 trabajadores, para que cada uno de ellos cubriera 8 horas diarias.
Si se requiere cobertura durante el fin de semana, la empresa debería ofrecer el servicio con otros cuidadores.
Esta solución es la menos económica y supone contar con diferentes cuidadores diariamente.
Solución 3: contratar un servicio con una empresa acreditada, las 24 horas, contando con 3 cuidadores de lunes a viernes.
Solicitar la Prestación de Cuidados en el Entorno: PECEF
Además de la Prestación Económica Vinculada al Servicio, existen otras ayudas de la Ley de la Dependencia. Una interesante es la Prestación Económica por Cuidados en el Entorno Familiar.
Esta ayuda está orientada a las familias que se encargan de forma parcial o total del cuidado de sus familiares dependientes; lo que se llama cuidadores familiares. La ayuda remunera directamente a la familia, sin necesidad de contratar un servicio.
En este caso, debes revisar los requisitos para acceder a esta ayuda en cada momento porque, en función del grado de dependencia con el que se ha valorado al usuario, puede exigirse que el cuidador familiar esté empadronado en el mismo domicilio particular para poder disfrutar de esta ayuda.
Además, debes de tener en cuenta que el importe de esta ayuda suele ser muy inferior al del cheque servicio.
Solución 4: solicitar la ayuda para cuidados en el entorno familiar, solo posible en función de los requisitos exigidos en cada momento.
Interna con titulación
Titulación del personal e internas y Ley de Dependencia
Para terminar este artículo, abordamos un detalle por el que muchas familias se preocupan a la hora de contratar a un cuidador en el hogar: la titulación y cómo influye la Ley de la Dependencia en este aspecto.
Como decíamos anteriormente, los cuidadores internos no tienen por qué contar con títulos homologados. Es decir, podemos encontrar trabajadoras internas con titulación, y otras que no la tengan.
Además, no se puede contratar a una cuidadora interna en el hogar con o sin titulación para canjear las ayudas de la Ley de la Dependencia.
Pero sí debes saber que todo servicio que contrates para canjear el cheque servicio será por parte de personal con titulación según exige la Ley de la Dependencia. Esta titulación puede ser TCAE, que es el equivalente al anterior grado medio de auxiliar de enfermería, o bien un título sociosanitario homologado.
Contacta para conseguir tu presupuesto de interna y cheque servicio
Si estás buscando un servicio de cuidador interno o si quieres canjear el cheque servicio, no dudes en contactar con nosotros. Resolvemos todas tus dudas acerca del cheque servicio y Ley de Dependencia. Evaluaremos tu situación y te haremos llegar un presupuesto de forma totalmente gratuita y sin ningún compromiso.