Ley de dependencia y SAD. Requisitos y procedimiento.

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En España hay más de 1,4 millones de personas dependientes. De todas ellas, se calcula que casi 200.000 no reciben ninguna prestación. Por tanto, es necesario que conozcas bien cómo puedes acceder a las ayudas que se conceden a través de la Ley de la Dependencia. 

¿Qué es la ley de dependencia?

Aunque oficialmente su nombre es “Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia” y fue lanzada en el 2007, de manera más coloquial es llamada “Ley de Dependencia”.

El objetivo de la Ley de la Dependencia es facilitar el cuidado y atención a toda persona que tenga limitaciones en el desarrollo de su día a día. A través de esta ley, las personas dependientes pueden acceder a una serie de servicios y ayudas económicas.

Ley de Dependencia, Ley estatal pero que depende de las Comunidades Autónomas.

La Ley de la Dependencia es una ley estatal. Por ello, independientemente de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, puedes acceder a esta ayuda.

Eso sí. Debes saber que los recursos se gestionan por parte de las Comunidades Autónomas. Aunque existen multitud de factores comunes, debes saber que podemos encontrar alguna diferencia entre comunidades, a la hora de solicitar la prestación o en el proceso como tal.

Fases y procedimiento para la conseguir la Ayuda de la Ley de la Dependencia

Las fases del procedimiento para conseguir la ayuda a la Ley de la Dependencia son las siguientes:

  • Se presenta la solicitud de dependencia. La familia o un representante elabora la documentación y la presenta en el organismo correspondiente
  • La administración hace la valoración del grado de dependencia. Puesto que la Ley establece 3 grados de dependencia y las ayudas económicas varían en función de este grado, es necesario este paso. Profesionales de la administración se trasladan al hogar donde reside la persona que quiere recibir la prestación y realizan la valoración.
  • La administración reconoce el grado de dependencia. Con la valoración previa, la institución correspondiente concede o establece un grado de dependencia concreto.
  • Se elabora el Programa Individualizado de Atención (PIA). Aquí, la administración indica cuáles son las prestaciones y ayudas económicas más adecuadas para la familia según sus observaciones y valoración previa. En todo caso, este programa puede ser revisado y se puede solicitar una revisión.
  • Finalmente, se asigna la ayuda económica o servicio.

Requisitos para tramitar la Ley de la Dependencia

Tienes que saber que, si quieres ser beneficiario de la Ley de la Dependencia, debes cumplir los siguientes requisitos básicos:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Residir legalmente en el país, al menos cinco años. De estos 5 años, dos deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de realizar de solicitud
  • Estar empadronado en la comunidad autónoma donde se solicita la ayuda

Además, durante el procedimiento, los profesionales asignados para realizar la valoración tendrán que confirmar que consideran dependiente a la persona que solicita la prestación.

Esta valoración de la dependencia se realiza en el domicilio habitual de quien solicita la ayuda. En la valoración se tienen en cuenta aspectos como los informes de salud, la capacidad de desarrollar con mayor o menor dificultad las tareas del día a día, aunque también el entorno en el que vive, y otras ayudas técnicas necesarias para el día a día.

Grados de la Ley de la Dependencia

La valoración también permite fijar el grado de la Ley de la Dependencia. Según la propia Ley, existen actualmente 3 grados de dependencia:

  • Grado 1 de dependencia. Dependencia moderada. Se considera que una persona tiene grado de dependencia 1 cuando comienza a necesitar ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Es decir, no se requiere una ayuda constante, pero sí al menos una vez al día. Actividades básicas de la vida diaria son: levantarse y acostarse, vestirse, asearse, hacer uso autónomo del baño, comer, beber y moverse correctamente dentro del hogar.
  • Grado 2 de dependencia. Dependencia severa. Se dice que una persona tiene grado de dependencia 2 cuando necesita ayuda dos o tres veces al día para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
  • Grado 3 de dependencia. Gran dependencia. En este caso, la persona necesita un apoyo constante para la realización de sus actividades básicas diarias. Las personas que son concedidas el grado 3 de dependencia han perdido su autonomía, ya sea física o mental.

Prestaciones de la Ley de la dependencia

Qué cubre la Ley de la Dependencia 

En función del grado de dependencia que se otorga a la persona, un órgano evaluador (depende de la Comunidad Autónoma) determina cuáles son los servicios o prestaciones a los que puede acceder la persona.

Hay dos tipos de ayudas de la Ley de Dependencia: prestaciones económicas y servicios.

 Prestaciones económicas de la Ley de la Dependencia

No se trata de una cantidad concreta, sino que depende de la capacidad económica de la persona que va a recibir la ayuda y del grado de dependencia que se definirá en la visita de valoración.

Dentro del apartado de prestaciones económicas, existen varias opciones a las cuales pueden optar las familias a las que les conceden una ayuda por la Ley de la Dependencia:

  • Una muy común es la Prestación Vinculada al Servicio (PEVS). Con esta ayuda, la persona accede a un servicio privado que ella misma puede elegir libremente, pero financiado con la ayuda. La empresa privada que prestará el servicio deberá estar acreditada por la Comunidad Autónoma. El servicio puede cubrir necesidades como el aseo de la persona, dar la comida, pasear, y limpiar la casa.
  • También podemos encontrar la ayuda para cuidados en el entorno familiar. En caso de que un familiar se encargue del cuidado y tenga que abandonar total o parcialmente su actividad laboral por esta razón.
  • Las ayudas para la contratación de personal cuidador profesional permiten contratar horas de asistencia personal y promoción de la autonomía. Para ello, el cuidador debe ser profesional y debe estar dado de alta en la Seguridad Social.

Servicios de la Ley de la Dependencia

Al igual que en el caso anterior, existen varios tipos de servicio a los que las personas con la Ley de la dependencia pueden acceder:

  • Servicios de teleasistencia. Conocido formalmente por “el botón”. Permite mantener un control y supervisión de las personas.
  • Servicios de centro de día y de noche.
  • Servicios de residencia a tiempo completo
  • Servicios de ayuda a domicilio.Para las necesidades de las personas y su casa.
  • Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal. 

Servicio Bonadea Directo (SAD). Canjea tu prestación con Bonadea

Conoce más información de nuestro servicio de cuidadores para canjear la ley de la dependencia:

Ver Servicio Bonadea Directo (SAD)

Bonadea es centro acreditado por la Comunidad de Madrid para la Prestación Vinculada al Servicio (PEVS). Esto quiere decir que las familias pueden canjear su prestación de la Ley de la Dependencia con un Bonadea.

En este caso, Bonadea es quien contrata al cuidador, que realiza diferentes servicios en varios domicilios. La familia no tiene ningún tipo de relación con el cuidador, solo con Bonadea, de forma que las bajas, vacaciones, ceses y otras cuestiones laborales relacionadas con el trabajador no suponen ningún coste adicional para esta.

También puedes descargar aquí los precios de cuidadores y descubre cuántas horas de servicio tendrás si ya te han concedido la ayuda de la Ley de la Dependencia.

Si todavía no la has pedido, ¡nosotros podemos hacerlo por ti!

Preguntas frecuentes de la Ley de la Dependencia

¿Cuándo una persona es considerada dependiente?

Se dice de una persona que tiene una incapacidad a la hora de llevar a cabo las actividades de su vida diaria y necesita ayuda, con independencia de la causa: enfermedad, accidente o envejecimiento.

¿Cómo debo solicitar la ayuda de la Ley de la Dependencia?

Pese a que se trata de una Ley estatal, la gestión es de las Comunidades Autónomas. Por ello, dependerá de la Comunidad Autónoma donde residas.

¿Hay diferencia entre discapacidad y dependencia?

El grado de dependencia habla del nivel de ayuda que tiene una persona para realizar las actividades básicas del día a día; a más grado de dependencia, más nivel de ayuda, es decir, más dependiente se considera a la persona. Por otro lado, el grado de discapacidad se refiere a la falta o ausencia de cierta capacidad que tiene una persona, así como el nivel de dificultad de integración en la sociedad.

¿Qué es el Programa Individual de Atención (PIA) y qué función cumple?

Es un documento que determina el servicio o prestación económica más adecuada según las necesidades de la persona que se han detectado en los informes y durante la visita de la valoración.

También puede tener en cuenta la opinión o petición del usuario.

¿Las prestaciones otorgadas a una persona pueden modificarse?

Si no se está de acuerdo con los servicios y prestaciones que se han incorporado en el Programa Individual de atención, puede solicitarse una revisión.

Además, si con el paso del tiempo, cambian las circunstancias de la persona, también puede solicitarse una revisión.

¿Se puede recurrir el grado de dependencia reconocido en caso de no estar de acuerdo?

Sí se puede solicitar una revisión del grado de dependencia. Para ello, se tendrá que justificar o acreditar que ha habido algún tipo de error en el diagnóstico, en el baremo o bien que la situación de la persona que recibirá la ayuda ha cambiado.

¿Me puedo beneficiar de una ayuda económica como cuidador familiar?

Sí, te puedes beneficiar de una ayuda económica como cuidador familiar si te conceden la prestación económica que se corresponde con la ayuda en el entorno familiar.

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Comentarios

2 Comentarios. Dejar nuevo

  • ¿Cómo debemos empezar los trámites? ¿Dónde tenemos que acudir para pedir estas ayudas? A nosotros nos gustaría que viniera alguien a casa, mejor que residencia ¿esto se puede elegir?
    Gracias

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    • Equipo Bonadea
      agosto 31, 2023 5:59 pm

      Hola Lucía
      Los trámites pueden realizarse en la Junta de Distrito correspondiente o bien de forma online. Te dejamos aquí la página web donde puedes iniciar los trámites de forma telemática: https://sede.comunidad.madrid/prestacion-social/reconocimiento-dependencia Para realizarlos de forma telemática tienes que contar con alguno de los sistemas de reconocimiento de identidad que permite la Comunidad de Madrid, como por ejemplo, el certificado digital.
      En esa página web que te facilitamos también se indican los documentos que tienes que proporcionar, como por ejemplo, un informe de salud emitido por un facultativo (generalmente se pide en tu centro de atención primaria).

      A la hora de realizar el trámite, tú ya puedes indicar tus preferencias en cuanto al servicio que deseas aportando un documento que se llama «Trámite de consulta» y que puedes encontrarlo en la sección de documentación también de esta web que te hemos facilitado. En caso de que no adjuntaras dicho documento y una vez que recibes el PIA (Programa Individual de Atención) donde se indican los servicios que te condceden, no se te concediera el tipo de servicio que deseas (puesto que hay diferentes; residencia, centro de día, servicio de ayuda a domicilio, cheque servicio…), puedes solicitar un cambio.

      Aprovecho para comentarte que desde Bonadea realizamos esta tramitación de forma gratuita para todos nuestros clientes. Si necesitas ayuda, Rocío, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Que pases una feliz tarde.

      Responder

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