Ayudas 2023 a la contratación de empleados de hogar y cuidadores en Madrid

La Comunidad de Madrid lanza un un programa de subvenciones e incentivos económicos a las familias que han contratado a un empleado del hogar, bajo el Régimen Especial de empleados del hogar.

Estas ayudas cubren de forma parcial o total los costes laborales derivados de la relación laboral, es decir, las cuotas de la Seguridad Social que se paga mensualmente por tener contratado a un trabajador (pero no el salario del trabajador).

Gracias a estas, las familias que tengan contratados cuidadores para personas mayores en Madrid pueden llegar a recibir hasta 4.000 euros, aunque esto dependerá de su contrato con el trabajador y el pago de cuotas de Seguridad Social que hayan estado efectuando durante el periodo subvencionable.

Estas ayudas, son pioneras en la Comunidad de Madrid y suponen un hito en las prestaciones económicas y subvenciones que se dan a la hora de contratar a un empleado de hogar.

¿Quién puede acceder a una ayuda por contratar a un empleado del hogar?

Se pueden beneficiar de las subvenciones las familias con personas dependientes y con discapacidad que hayan contratado a un empleado en el hogar para su atención o cuidado.

Es importante saber que las personas o persona a cuidar, deben tener un grado de dependencia o porcentaje de discapacidad debidamente acreditado. En el caso de las personas dependientes, deben haber sido valorados y reconocidos como dependientes por la Comunidad de Madrid. Puedes leer más aquí respecto al proceso de valoración de una persona dependiente y su solicitud. En el caso de las personas con discapacidad, deben tener reconocido un grado de discapacidad superior al 50%.

También pueden acceder a las familias que hayan contratado a un empleado bajo este régimen especial para el cuidado de menores de menos de 12 años o de 18 años con discapacidad, siempre y cuando convivan en el mismo domicilio.

Puesto que se trata de una ayuda lanzada por parte de la Comunidad de Madrid, las personas solicitantes deben residir en la Comunidad de Madrid. También deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con respecto de la Seguridad Social.

¿Qué requisitos hay que tener para acceder a la ayuda como empleador del hogar?

Será necesario cumplir ciertos requisitos para acceder a la subvención. Te indicamos aquí algunos de los esenciales:

  • En este 2023, pueden acceder a esta subvención las familias que hayan contratado a un empleado del hogar dentro del año 2022, un mínimo de 58 días naturales durante el 2022, aunque no hace falta que fueran consecutivos o seguidos (accederían también las familias que contrataran al trabajador en periodos espaciados durante el año).
  • Las familias que hayan tenido una relación laboral enmarcada en el Régimen Especial de Empleados del Hogar. Cuidado: muchas familias contratan directamente a una empresa, y la empresa contrata al trabajador. En este caso, cuando la familia NO ha contratado al trabajador de forma directa, estas subvenciones NO serían aplicables.
  • Es necesario que haya existido o exista un contrato laboral por escrito entre la familia y el trabajador. También que la relación se haya dado de alta en Seguridad Social dentro del Régimen Especial de Empleados del hogar. No importa las horas; están subvencionados tanto los contratos a jornada completa (40 horas semanales) como los contratos parciales.
  • El solicitante debe ser la persona titular del hogar familiar, donde se presten los servicios de atención y cuidado por parte del empleado del hogar.
  • El solicitante debe haber residido en la Comunidad de Madrid durante el periodo para el cual se va a solicitar la ayuda, y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la administración.
  • La familia o unidad familiar deberá tener una renta per cápita inferior a 30.000 euros en el año del cual se solicita la subvención.

¿Cómo solicitar la subvención como empleador del hogar?

En el caso del 2023 se podrá solicitar dicha subvención durante los tres siguientes meses a la publicación del BOE.

Las solicitudes y la documentación deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid. https://sede.comunidad.madrid/

Tanto la propia familia puede realizar el trámite, aunque también puede nombrarse a un representante. Si tienes contratada a una empresa, estas suelen realizar este tipo de trámites en nombre de sus clientes.

Desde Bonadea, tramitamos estas subvenciones en representación de nuestros clientes.

Si estás interesado en conocer cómo funcionan nuestros servicios de contratación de empleados del hogar y cuidadores, ponte en contacto con nosotros:

Ayudas económicas para las familias en la Comunidad de Madrid

Estas medidas tomadas por la Comunidad de Madrid tienen el objetivo de promover la conciliación, poniendo en marcha incentivos a la contratación de personas empleadas de hogar. La atención y cuidados en casa adquiere cada vez mayor magnitud debido al progresivo envejecimiento de la población, a la mejora de nuestra esperanza de vida y a los cuidados que requieren los familiares convivientes de mayor edad, especialmente aquellos que son dependientes.

Además, estas medidas pretenden minimizar el impacto negativo que estas necesidades de las familias suponen para los hijos y/o familiares, que, en muchas ocasiones, se ven inmersos en una situación de requerimiento por parte de las personas que necesitan los cuidados. Las consecuencias son negativas en diferentes esferas; afecta tanto a la parte laboral (requiriendo en ocasiones incluso el cese o reducción de sus jornadas laborales para atender a las personas mayores), pero no se nos puede olvidar la parte emocional.

Finalmente, estas medidas suponen también un impulso a la contratación de empleados en el hogar de forma legal, siendo un aliciente para las familias y constituyendo claramente una lucha contra la economía sumergida.

Comparte esta noticia

Comentarios

4 Comentarios. Dejar nuevo

  • ¿Cómo funcionan los requisitos por renta? Gracias,

    Responder
    • Equipo Bonadea
      agosto 31, 2023 5:49 pm

      Hola Rocío.
      Como comentamos en nuestro artículo, uno de los requisitos es contar con una renta per cápita inferior a 30.000 euros anuales.
      Para calcular la renta per cápita debe sumarse la renta declarada en el año del cual estamos pidiendo la subvención (en este caso sería del 2022) y dividirlo para los miembros de la unidad familiar. A tener en cuenta; no computan los hijos que tienen ingresos propios.
      Si ese resultado es inferior a 30.000, entonces, se puede optar a la subvención.
      Ahora bien, el importe de la subvención tiene otras consideraciones:
      – Si la renta per cápita es inferior 20.000 euros anuales, se subvencionan el 100% de los gastos en Seguridad Social del año para el que se solicita la subvención. Y no solo se devuelven las cuotas pertenecientes al empresario, sino también las cuotas que corresponden al trabajador.
      – Si la renta per cápita está entre los 20.000 y los 30.000 euros, aquí el porcentaje no será el 100% sino que disminuirá. En este caso, la renta obtenida per cápita se multiplicará por un 125% y de este resultado, se aplicará un 60%, para obtener la cantidad que se subvencionará o devolverá. Este es el cálculo que han hecho público en el BOCM a día 8 de junio del 2023.

      Esperamos haberte ayudado Rocío. Si tienes dudas al respecto, por favor no dudes en contactar con nosotros. Comentarte también que desde Bonadea, facilitamos la realización de estas tramitaciones a nuestros clientes y también a particulares que así lo deseen. Gracias y saludos.

      Responder
  • Si el contrato con la empleada de hogar lo tiene la misma persona sobre la que se realiza las labores de cuidado se puede solicitar la ayuda?

    Responder
    • Equipo Bonadea
      febrero 26, 2024 1:29 pm

      Hola Santiago!

      Uno de los requisitos que solicita la Comunidad de Madrid para poder solicitar esta ayuda es que la persona titular del hogar familiar, ya lo sea efectivamente o como simple titular del domicilio o lugar de residencia en el que se presten los servicios domésticos, contrate a una persona empleada de hogar para el cuidado de otros familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, con discapacidad igual o superior al 50% o en situación de dependencia.

      ¡Gracias por tu interés en nuestro blog! ¡Esperamos verte de nuevo por aquí!

      Responder

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Tienes que aprobar los términos para continuar

1 × 4 =

Teléfono Contacta ahora